Facillita la Secretaría de Economía el Comercio Exterior

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Comunicado de prensa Núm. 180/12

México,D.F., a 8 de agosto de 2012

 

 

La Secretaría de Economía publicóhoy en el Diario Oficial de la Federación que a partir del 9 de agosto de esteaño, las empresas constituidas conforme las leyes de los Estados Unidos deAmérica, Canadá, Chile, Costa Rica, Colombia, Nicaragua, El Salvador,Guatemala, Honduras, Uruguay, Japón y Perú, no están obligadas a obtenerautorización previa para ejercer de forma habitual el comercio o establecerseen México.

Los países referidos fuerondeterminados conforme los compromisos asumidos por México en tratadosinternacionales vigentes.

La autorización citada, para loscasos mencionados, podrá ser sustituida por un aviso a ser presentado ante laDirección General de Inversión Extranjera de la Secretaría de Economía entérminos de la “Resolución General por la que se establece el criterio para laaplicación del artículo 17 de la Ley de Inversión Extranjera relativo alestablecimiento de personas morales extranjeras en México”, publicada en elDiario Oficial de la Federación el 8 de agosto de 2012.

Esta medida de simplificaciónadministrativa favorece el clima de inversión y facilita el acceso deinversionistas extranjeros en el país que con su actividad, aportan de manerapositiva a la creación de empleo y al crecimiento de la economía nacional.

 

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