Confirma el Poder Judicial de la Federación la suspensión definitiva de obras definitiva de obras ordenada por la autoridad minera a la empresa BINSA, S.A. de C.V.

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Comunicado de prensa Núm. 171

México, D.F., a 02 de agosto de 2012

 

 BINSA, S.A. de C.V. operaba el pozo de carbón número 3 donde murieron catorce trabajadores mineros el 03 de mayo de 2011. 

Se ordenó la suspensión en virtud de que se incumplió la normatividad aplicable en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. 

Tras el accidente del pasado 3 de mayo de 2011, en el municipio de Sabinas Coahuila, la Secretaría de Economía (SE), en conjunto con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones, realizaron visitas de inspección al pozo siniestrado, ubicado dentro de la concesión No. 218000 denominada Santa María I. donde se determinó el incumplimiento a la Norma Oficial 032-STPS-2008 Seguridad para Minas Subterráneas de Carbón, hecho que instauró el procedimiento administrativo correspondiente y determinó sancionar con la suspensión definitiva de obras y trabajos mineros en la totalidad de la concesión señalada.

En la mina antes mencionada ocurrió el accidente donde perdieron la vida catorce trabajadores y quedo un menor resultó lesionado.

En contra de dicha sanción, los concesionarios acudieron al juicio de amparo ante el Juzgado Tercero de Distrito, en Piedras Negras, quien negó el otorgamiento del mismo. Dicha resolución, a su vez, fue confirmada por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Octavo Circuito. Esta última sentencia ya no admite recurso o medio de defensa legal alguno, por lo que la sanción impuesta por la autoridad minera, mediante la cual se determinó la suspensión definitiva de las obras y trabajos mineros en la concesión donde ocurrió el siniestro, es legal, definitiva e inatacable.

Mediante este criterio, el poder judicial ha sentado un importante precedente para que los titulares de una concesión se consideren jurídicamente responsables, cuando dentro del lote minero que les fue concesionado se realicen por ellos o por un tercero, actividades de extracción que contravengan la normatividad  en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Las acciones del Gobierno Federal están enfocadas a vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable, para que, como en este caso, se sancione de manera contundente a los concesionarios mineros que violen la Ley.

Para promover el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en minas de carbón, por parte de los concesionarios u operarios, la STPS brinda asesoría y asistencia técnica a las empresas y ha dispuesto cursos en línea para facilitar que los sujetos obligados observen la Norma Oficial  NOM-032-STPS-2008, Seguridad para Minas Subterráneas de Carbón.

Las Secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social continúan ejecutando de manera intensiva y conjunta el programa de visitas de inspección en la zona carbonífera de Coahuila y, en su caso, seguirán adoptando las medidas e imponiendo las sanciones que en derecho procedan, a fin de prevenir situaciones que pongan en riesgo la seguridad de los trabajadores mineros.

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