Aviso sobre trámites relacionados con la autorización de uso de denominaciones y razones sociales

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 DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Comunicado de prensa Núm.134
México, D.F., a 7 de junio de 2012


En virtud de la reforma a la Ley de Inversión Extranjera y a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2011, la facultad para autorizar el uso o cambio de denominación o razón social de las personas morales en México se traslada a la Secretaría de Economía a partir del 16 de junio de 2012.
 
Con el fin de optimizar el proceso de apertura de empresas, la Secretaría de Economía se encuentra desarrollando un nuevo servicio informático a fin de atender los trámites que derivan de su nueva atribución. Se prevé que dicho servicio inicie a partir del martes 18 de septiembre de 2012. Siguiendo ejemplos de mejores prácticas internacionales, estos trámites se podrán realizar ágilmente en línea y de manera segura, aprovechando las firmas electrónicas avanzadas conocidas con “Fiel” (que emite el Servicio de Administración Tributaria) y “FEA”, que emite la propia Secretaría de Economía.
 
Fase de transición
 
Durante los tres meses que van del 16 de junio al 18 de septiembre de 2012, las Secretarías de Relaciones Exteriores y de Economía han acordado un periodo de transición en el cual los trámites de (a) autorización de uso de denominación o razón social para la constitución de sociedades y asociaciones, y (b) autorización de cambio de denominación o razón social de sociedades y asociaciones, así como los avisos de uso de denominación o razón social, y de liquidación, fusión o escisión de sociedades y asociaciones, continuarán realizándose por los siguientes medios, en el entendido que la Dependencia que autorizará o, en su caso, rechazará los trámites antes referidos será la Secretaría de Economía en ejercicio de su nueva atribución y con base en el ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DELEGAN A SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍOA DE ECONOMÍA LAS FACULTADES QUE SE INDICAN, mismo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación:
 
1.         Ventanillas. 
 
En las mismas ventanillas de la Secretaría de Relaciones Exteriores, incluyendo las Delegaciones de dicha Dependencia ubicadas en los Estados, en las que se ha venido ofreciendo este servicio. Al final de este Aviso se agrega la lista de oficinas donde estos trámites estarán disponibles;
 
2.         En línea. 
 
a.         Para Fedatarios Públicos.  A través del sistema denominado “SIPAC Fiel”, cuando el solicitante de la autorización sea un notario o corredor público. Si Usted es un notario o corredor público interesado en aprovechar esta herramienta, favor de llamar a la Mesa de Ayuda que se señala más adelante o contactar directamente a la Dirección General de Normatividad Mercantil de la Secretaría de Economía; y
 
b.         Para el Público en General.  A través del portal www.tuempresa.gob.mx, cuando se trate de la constitución de Sociedades Anónimas de Capital Variable (S.A. de C.V.) o de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S. de R.L. de C.V.).
 
El aviso de modificación de cláusula de exclusión de extranjeros a que se refiere el artículo 20 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, se continuará llevando a cabo ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, en los términos que dicha dependencia señale.
 
Las sociedades constituidas en el extranjero que posteriormente adopten la nacionalidad mexicana, y por tanto requieran de autorización de uso de su denominación o razón social conforme a la Ley de Inversión Extranjera, deberán solicitarla en los mismos términos de las autorizaciones de uso de denominación o razón social señalados anteriormente.
 
El horario de atención en ventanillas será los días hábiles, de lunes a viernes, de las 09:00 a las 14:30 horas.
 
Durante este periodo de transición, la autorización o, en su caso, el rechazo que emita la Secretaría de Economía no podrá exceder de dos días hábiles, contados a partir de que fue realizada la solicitud, en los términos que se prevén por la propia Ley de Inversión Extranjera.
 
La Secretaría de Economía pone a su disposición una Mesa de Ayuda para brindar asistencia remota a fin de que puedan resolverse sus dudas sobre el contenido de este Aviso. Este servicio estará disponible los días hábiles, de lunes a viernes, de las 09:00 a las 18:00 horas, a través de los siguientes mecanismos:
 
a.         Teléfono Lada Sin Costo 01800-08 32 666
b.         Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. o Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
c.         Chat en línea a través de su página web www.economia.gob.mx
 
En aras de facilitar la realización de los trámites relacionados con el ciclo de vida de los negocios, a través del uso de la tecnología, de forma sencilla, segura y con validez jurídica, agradecemos de antemano su comprensión durante esta fase de transición.

 

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